Tributos se pronuncia sobre la tributación en IRPF de los atrasos del complemento de maternidad reconocido judicialmente al hombre

Según indica en su consulta vinculante (V1868-23), de 28 de junio de 2023, dichos atrasos tributarán como rendimientos del trabajo y, de darse los requisitos, podrá aplicársele la reducción por existencia de un período de generación superior a dos años del art. 18.2 de la LIRPF.

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